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Publican reforma que exigirá nacionalidad mexicana única para Presidencia y gubernaturas desde 2028

El decreto modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución; quienes tengan otra nacionalidad deberán renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidatos a cargos ejecutivos federal o locales.

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Por Redacción

Publican reforma que exigirá nacionalidad mexicana única para Presidencia y gubernaturas desde 2028

Crédito fotográfico: Presidencia de la República

El Diario Oficial de la Federación publicó este miércoles la reforma constitucional que establece nuevos requisitos de nacionalidad para quienes aspiren a ocupar la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

El decreto modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución y establece que las personas que busquen alguno de esos cargos deberán ser mexicanas por nacimiento y no tener otra nacionalidad al momento de solicitar su registro como candidatas.

En caso de contar con una segunda nacionalidad, deberán renunciar a ella antes de iniciar formalmente el registro electoral correspondiente.

La reforma también establece restricciones para quienes ya se encuentren ejerciendo alguno de esos cargos. Durante el periodo de gobierno no podrán adquirir o solicitar otra nacionalidad ni invocar ante autoridades extranjeras una ciudadanía distinta de la mexicana.

Entre las conductas consideradas dentro de esa prohibición se encuentran el uso de pasaportes o documentos de identidad expedidos por otro Estado, el ejercicio de derechos políticos vinculados con una ciudadanía extranjera y el recurso a protección diplomática de otro país.

La modificación constitucional no elimina la posibilidad de que la población mexicana mantenga una segunda nacionalidad. Las nuevas reglas están dirigidas específicamente a quienes aspiren a ocupar las titularidades de los Poderes Ejecutivos federal y locales señaladas en el decreto.

Aunque la reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación, sus disposiciones electorales comenzarán a aplicarse a partir del proceso correspondiente a 2028.

El decreto también establece que las personas que ya estén ejerciendo actualmente alguno de los cargos contemplados no quedarán sujetas a estas nuevas disposiciones durante el periodo en curso.

A partir de la entrada en vigor, el Congreso de la Unión tendrá 90 días naturales para realizar adecuaciones a la Ley de Nacionalidad y a la legislación electoral.

Las entidades federativas contarán con el mismo plazo para armonizar sus constituciones y normas electorales con los nuevos requisitos.

Con la publicación en el Diario Oficial, la reforma concluye su etapa constitucional y pasa ahora a la fase de adecuación de las leyes secundarias que definirán los procedimientos para su aplicación.

Fuente: Presidencia de la República

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